Vacunación o prueba PCR, respeto del distanciamiento sanitario.
Para una estancia en Marruecos, es necesario contar con un pasaporte válido que cubra toda la duración prevista de la estancia. El pasaporte es obligatorio, incluso para grupos en viajes turísticos organizados. Ya no es posible el acceso al territorio marroquí presentando únicamente el documento nacional de identidad. Se recomienda comprobar, a la llegada, que el pasaporte esté sellado por las autoridades de la policía fronteriza (mención de un número durante la primera visita y sello de entrada; bajo pena de estancia ilegal involuntaria). Cualquier estancia irregular se castiga con una multa y una orden de expulsión acompañada de una prohibición de entrada. Los menores deben tener un pasaporte válido. Transcurrido este plazo, se recomienda contactar con el servicio de inmigración marroquí y solicitar una prórroga que no podrá exceder de tres meses. Si el menor viaja con sus padres, se recomienda llevar también un documento que acredite la filiación (copia del certificado de nacimiento o del libro de familia), así como una autorización del padre si el menor viaja solo con la madre. Si el niño es huérfano de padre y viaja con su madre, esta deberá portar un documento que acredite su matrimonio con el padre fallecido, una copia del certificado de defunción de este o, en su defecto, una autorización del juez responsable de la protección de menores. En caso de divorcio de los padres, se recomienda que la persona que acompaña al niño lleve consigo una copia de la sentencia de divorcio que le otorga la custodia. Si el menor viaja solo o acompañado por un tercero, él o la persona que lo acompaña deberá portar una autorización de sus padres con su firma legalizada.